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Llamado para Taller de Tango  Departamento de Cultura  Intendencia de Salto
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Llamado para Taller de Tango Departamento de Cultura Intendencia de Salto

Tipo de Vínculo: Zafral

Período de Postulación:  hasta el 26 de Marzo de 2019.

Tipo de Tareas: Clases abiertas de iniciación al tango.

Organización de los Jueves de Milonga (4 horas semanales en Museo del Hombre y la Tecnología a partir de las 18:30 horas).

Exhibiciones de Tango en diversas actividades.

Tiempo de contratación: Abril – Diciembre (Máximo 9 meses)

 La Administración podrá rescindir el contrato en caso de evaluación no satisfactoria o razones de mejor servicio.

Otras condiciones de trabajo

·         Escalafón: Docente

·         Grado: 8 ($ 14.033.38)

·         Carga horaria: 15 horas semanales (incluidas las horas de los Jueves de Milonga en Museo del Hombre y la Tecnología)

 

Requisitos excluyentes:      A) Para la inscripción:

  • Cédula de identidad vigente y en buen estado. (fotocopia)
  • Ser ciudadano natural, o legal con más de tres años. (fotocopia)
  • Edad: mayor de18 años.

 

B) Para el cargo:

  • Proyecto con líneas generales de la propuesta a desarrollar.
  • Nota que acredite la idoneidad para el desarrollo del taller al cual postula.
  • Carpeta de méritos (no se tendrá en cuenta ningún mérito o antecedente que no esté fehacientemente acreditado).

 

C) Para la contratación:

  • Certificado de Buena Conducta.
  • Carne de Salud Laboral vigente.

 

Etapas del proceso:

1- Instalación del Tribunal.

2- Preselección (cumplimiento de los requisitos solicitados).

3- Prueba de Oposición.

4- Valoración de Méritos y Antecedentes

5- Entrevista con el Tribunal

6- Fallo final y aprobación por el Intendente.

 

Recepción de propuestas:

Dirección de Cultura (Uruguay 202) de lunes a viernes de 9 a 16 hrs desde el 11 de Marzo de 2019 hasta el 26 de Marzo de 2019.

Incompatibilidades:

Previo a la suscripción del contrato, la persona seleccionada deberá completar y firmar declaración jurada referente a:

A- Incompatibilidades

1) Mantener vigente otros vínculos con la Administración Pública, excepto aquellos que admitan su acumulación con otros cargos o funciones en virtud de norma jurídica expresa.

2) Percibir pasividad, retiro ni subsidio proveniente de actividad pública generada por sí mismo, excepto que se suspenda su percepción o que una norma legal habilite el cobro de ambas remuneraciones.

B- Prohibiciones

1) Haber sido desvinculado, mediante resolución firme, por la comisión de falta grave administrativa o incumplimiento de sus obligaciones, sea como funcionario público o bajo cualquier otra modalidad de vinculación (Ley Nº 18.172, art. 4 de fecha 31 de agosto de 2007, en la redacción dada por el artículo 10 de la Ley Nº19.149 de 24 de octubre de 2013).

2) Existencia de inhabilitación como consecuencia de sentencia penal ejecutoriada.

3) Haberse acogido al régimen de retiro incentivado regulado por el artículo 10 la Ley Nº 17.556 de fecha 18 de setiembre de 2002, en la redacción dada por el artículo 1 de la Ley Nº 17.672 de 16 de julio de 2003; ni al establecido por el art. 29 de la Ley Nº 17.930 de fecha 19 de diciembre de 2005, en la redacción dada por el artículo 9 de la Ley Nº 18.172 de 31 de agosto de 2007.

En forma previa al a contratación deberá suscribir declaración jurada de no mantener proceso administrativo o judicial de tipo alguno con la Intendencia de Salto.

Se deja constancia que en el presente llamado se destinará el cupo legal de los puestos de trabajo para ser ocupados por personas afrodescendientes que cumplan con los requisitos constitucionales y legales para acceder a ellos (Ley 19.122).