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Llamado a concurso para la provisión de un cargo de Electricista para el Municipio de Colonia Lavalleja

Tipo de Vínculo: Contrato de función pública.

Nombre del puesto: Electricista

Período de postulación: hasta el 10 de julio de 2018.

Tipo de Tarea: Operativas de oficio

Tipo de llamado: Prueba de Oposición y Mérito.

Lugar de desempeño: Los postulantes que resulten designados desempeñarán funciones en el Municipio de  Colonia Lavalleja.

Tiempo de contratación: Máximo 18 meses en régimen de contrato provisorio por 6 meses renovable.

Transcurrido dicho plazo y previa evaluación de desempeño, el funcionario podrá ser incorporado en forma definitiva. La Administración podrá rescindir el contrato en caso de evaluación no satisfactoria o razones de mejor servicio.

Cantidad de Puestos: 1 (UN) puesto. La lista de prelación tiene una vigencia de 18 meses a la que se recurrirá de necesitarse trabajadores durante el período de vigencia.

Otras condiciones de trabajo

·        Escalafón: Obrero y Oficio

·        Grado: 03, remuneración vigente $ 24.710.

·        Carga horaria: 40 horas semanales

 

Requisitos excluyentes:

 A) Para la inscripción:

·        Cédula de identidad vigente y en buen estado.

·        Ser ciudadano natural, o legal con más de tres años.

·        Ciclo básico completo.

·        Edad: hasta los 55 años

·        Residentes en la Jurisdicción del Municipio de Colonia Lavalleja – presentar constancia de domicilio

B) Para el cargo:

• Título de Operario Calificado, otorgado por el Consejo de Educación Técnico Profesional CETP (ex UTU) ó su equivalente otorgado por instituciones reconocidas por autoridad competente.

C) Para la contratación:

• Certificado de Buena Conducta

• Carne de Salud Laboral vigente.

 

Incompatibilidades:

Previo a la suscripción del contrato, la persona seleccionada deberá completar y signar declaración jurada en relación a:

A- Incompatibilidades

1) Mantener vigente otros vínculos con la Administración Pública, excepto aquellos que admitan su acumulación con otros cargos o funciones en virtud de norma jurídica expresa.

2) Percibir pasividad, retiro ni subsidio proveniente de actividad pública generada por sí mismo, excepto que se suspenda su percepción o que una norma legal habilite el cobro de ambas remuneraciones.

B- Prohibiciones

1) Haber sido desvinculado, mediante resolución firme, por la comisión de falta grave administrativa o incumplimiento de sus obligaciones, sea como funcionario público o bajo cualquier otra modalidad de vinculación (Ley Nº 18.172, art. 4 de fecha 31 de agosto de 2007, en la redacción dada por el artículo 10 de la Ley Nº19.149 de 24 de octubre de 2013).

2) Existencia de inhabilitación como consecuencia de sentencia penal ejecutoriada.

3) Haberse acogido al régimen de retiro incentivado regulado por el artículo 10 la Ley Nº 17.556 de fecha 18 de setiembre de 2002, en la redacción dada por el artículo 1 de la Ley Nº 17.672 de 16 de julio de 2003; ni al establecido por el art. 29 de la Ley Nº 17.930 de fecha 19 de diciembre de 2005, en la redacción dada por el artículo 9 de la Ley Nº 18.172 de 31 de agosto de 2007.

En forma previa al a contratación deberá suscribir declaración jurada de no mantener proceso administrativo o judicial de tipo alguno con la Intendencia de Salto.

Medios de Postulación: mediante formulario disponible en página web (salto.gub.uy) y documentos que acrediten los requisitos excluyentes en el Municipio de Colonia Lavalleja. El plazo es improrrogable.

Etapas del proceso:

1- Instalación del Tribunal.

2- Preselección (cumplimiento de los requisitos solicitados).

3- Prueba de Oposición.

Constará de una prueba de conocimientos teóricos y prácticos que se puntuará hasta 30 puntos máximo.

4- Valoración de Méritos y Antecedentes.

Se generará un orden de prelación para cuya conformación se considerará el factor escolaridad y relación de méritos presentados.

Factores a considerar:

El Tribunal considerará los factores de evaluación que se señalan a continuación para establecer el puntaje de los candidatos. El máximo posible será 50 puntos.

Escolaridad: hasta 30 puntos, correspondiendo 20 puntos por título expedido por el Consejo de Educación Técnico Profesional CETP (ex UTU), y 10 puntos en caso de otras instituciones reconocidas por autoridad competente.

Relación de méritos: hasta 20 puntos en base a los siguientes parámetros: a) Experiencia anterior, un punto por año acreditado; b) Otros estudios cursados.

5- Entrevista con el Tribunal.

Apreciación global del Candidato, hasta 20 puntos.

6- Fallo final y aprobación por el Intendente.