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Llamado para la provisión de cargos como Oficial Albañil en el Municipio de Constitución

Tipo de Vínculo:   Contrato función pública zafral.

Escalafón:   Obrero y Oficio.

Período de postulación: hasta el  30 de mayo de 2018.

Tipo de Tareas: Oficial Albañil.

Tipo de llamado: Mérito y prueba.

Lugar de desempeño: Los postulantes que resulten designados desempeñarán funciones para el Municipio de Constitución, en Villa Constitución.

Tiempo de contratación: contrato con duración de 3 meses en carácter zafral improrrogable.

Cantidad de Puestos: 2 (dos) Oficial Albañil -

Otras condiciones de trabajo

Escalafón: Obrero y Oficio.

Grado: grado 3 remuneración vigente $ 24.710.

Carga horaria: 40 horas semanales distribuidas según las necesidades de servicio.

 

Requisitos excluyentes:

A)    Para la inscripción:

·         Cédula de identidad y Credencial Cívica vigente.

  • Ser ciudadano natural, o legal con más de tres años.
  • Sexo: ambos sexos
  • Primaria completa (presentar comprobante)
  • Curriculum vitae con experiencia comprobable y referencias.
  • Residentes en el radio del Municipio de Constitución (presentar constancia de domicilio)

B)    Para la contratación:

·     Certificado de Buena Conducta.

  • Carné de salud laboral.

 

A- Incompatibilidades

1) Mantener vigente otros vínculos con la Administración Pública, excepto aquellos que admitan su acumulación con otros cargos o funciones en virtud de norma jurídica expresa.

2) Percibir pasividad, retiro ni subsidio proveniente de actividad pública generada por sí mismo, excepto que se suspenda su percepción o que una norma legal habilite el cobro de ambas remuneraciones.

B- Prohibiciones

1) Haber sido desvinculado, mediante resolución firme, por la comisión de falta grave administrativa o incumplimiento de sus obligaciones, sea como funcionario público o bajo cualquier otra modalidad de vinculación (Ley Nº 18.172, art. 4 de fecha 31 de agosto de 2007, en la redacción dada por el artículo 10 de la Ley Nº 19.149 de 24 de octubre de 2013).

2) Existencia de inhabilitación como consecuencia de sentencia penal ejecutoriada.

3) Haberse acogido al régimen de retiro incentivado regulado por el artículo 10 la Ley Nº 17.556 de fecha 18 de setiembre de 2002, en la redacción dada por el artículo 1 de la Ley Nº 17.672 de 16 de julio de 2003; ni al establecido por el art. 29 de la Ley Nº 17.930 de fecha 19 de diciembre de 2005, en la redacción dada por el artículo 9 de la Ley Nº 18.172 de 31 de agosto de 2007.

 

En forma previa al a contratación deberá suscribir declaración jurada de no mantener proceso administrativo o judicial de tipo alguno con la Intendencia de Salto.

 

Medios de Postulación: mediante formulario disponible en página web (salto.gub.uy) y documentos que acrediten los requisitos excluyentes en el Municipio de Constitución. El plazo es improrrogable.

 

Etapas del proceso:

1.- Instalación del Tribunal. Estará integrado por un representante del Intendente, un delegado del Municipio de Constitución, un delegado gremial.

 

2- Instancia de Selección.

Para la preselección de candidatos se generará un orden de prelación para cuya conformación se considerará el factor formación y experiencia anterior.

 

No se tendrá en cuenta ningún mérito o antecedente que no esté fehacientemente acreditado. Se deben presentar fotocopias de todos los ítems a los efectos de ser tenidos en cuenta.

 

Factores a considerar:

El Tribunal considerará los factores de evaluación que se señalan a continuación para establecer el puntaje de los candidatos.

Formación: en función de la formación acreditada y que se relacione a la tarea solicitada hasta 20 puntos. (5 puntos por curso aprobado).

Relación de méritos: hasta 24 puntos en base a los siguientes parámetros:

Experiencia anterior:

  • hasta 1  año     – 2 puntos
  • de 2 a 5 años   – 4 puntos
  • de 6 a 10 años – 8 puntos
  • más de 10 años – 10 puntos

 

3- Prueba de Oposición. Consistirá en una prueba teórico práctica de carácter eliminatorio - Puntaje Máximo 30 puntos.

 

4- Entrevista con el Tribunal.  Puntaje máximo 10 puntos.

 

5- Fallo final y aprobación por el Intendente.