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OTRA VICTORIA JUDICIAL DE LA INTENDENCIA

OTRA VICTORIA JUDICIAL DE LA INTENDENCIA

La Intendencia de Salto ha recibido una serie de dictámenes favorables en su batalla judicial por la defensa de los dineros públicos. Recientemente han llegado desde el Tribunal de lo Contencioso Administrativo (TCA) dos Sentencias favorables a la postura mantenida por la Administración. 

Se trata de dos juicios planteados ante el TCA por un total de siete funcionarios, que pretendían anular una Resolución del Gobierno anterior donde el mismo, a pocos días de entregar la Intendencia, les dio beneficios con los cuales la Administración no podía cumplir. El Gobierno anterior dictó resoluciones a fines de junio de 2015, que entrarían en vigencia en julio, que otorgaban grados superiores y compensaciones a la mayoría de los funcionarios, informó la doctora Marcela Panizza, integrante del equipo de la Unidad Jurídica de la Intendencia de Salto

Al comenzar la administración el doctor Andrés Lima encontrándose con la Intendencia en bancarrota, ante un caos económico, ya que se había dejado de pagar a los proveedores, los salarios, las retenciones judiciales, entre otros, no tuvo más remedio que dictar una Resolución (166/15) suspendiendo todos los grados y compensaciones otorgadas por el Gobierno saliente. 

A continuación, se dictó la Resolución 201/15 que dispuso la creación de mesas de negociación, dando comienzo al proceso de negociación colectiva. Dicha negociación, que se llevó a cabo desde el inicio mismo del Gobierno de Lima, culminó con la celebración de un Convenio Colectivo que fue recogido en la Resolución 218/15. Dicha Resolución es la que pretendían anular los funcionarios que promovieron Acciones de Nulidad ante el TCA para quedarse con los beneficios otorgados por la anterior Administración y que la Intendencia no podía pagar.

Luego de este largo proceso, el TCA dictó Sentencia confirmando la decisión de la comuna salteña. 

El TCA también recogió lo dicho por esta Intendencia en cuanto a que, en la negociación colectiva llevada a cabo, los trabajadores estaban satisfactoriamente representados por ADEOMS y delegados del sector, en las 21 mesas de negociación como surge de las actas agregadas. En virtud de ello no puede afirmarse que no tuvieron oportunidad de esgrimir sus defensas. No pueden existir derechos creados por actos ilegítimos, porque no pueden existir derechos contra la legalidad. Concluyó en el rechazo de los agravios referidos a la falta de motivación, abuso y exceso de poder entendiendo que el acto impugnado se encuentra debidamente fundamentado. 

Estas Sentencias del TCA significan un reconocimiento a la actuación llevada a cabo por la Administración del Dr. Andrés Lima, en sus primeros meses de gestión.