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Llamado a concurso para el cargo de Especializado en manejo de Aguas Termales.

Llamado a concurso para el cargo de Especializado en manejo de Aguas Termales.

Tipo de Vínculo: Contrato de función pública.

Nombre del puesto: Especializado en manejo de Aguas Termales

Período de postulación: del 15/09/2016 - 23/09/2016

Tipo de Tarea: Operativas de oficio (especializado)

Tipo de llamado: Prueba de Oposición y Mérito.

Lugar de desempeño: El postulante seleccionado desarrollará sus tareas en los centros termales de Arapey y Daymán. Depende directamente de Dirección de Turismo.

Tiempo de contratación: Máximo 18 meses en régimen de contratos de hasta 6 meses sucesivos. Transcurrido dicho plazo y previa evaluación de desempeño, el funcionario podrá ser incorporado en forma definitiva. La Administración podrá rescindir el contrato en caso de evaluación no satisfactoria o razones de mejor servicio.

Cantidad de Puestos: UN Puesto.

 

Otras condiciones de trabajo

Escalafón: Obrero y Oficio

Grado: 07, remuneración vigente $ 29.713,69

Carga horaria: 40 horas semanales

Requisitos excluyentes:

A) Para la inscripción:

• Cédula de identidad vigente y en buen estado.

• Ser ciudadano natural, o legal con más de tres años.

• Ciclo básico completo.

• Edad: de 25 a 45 años.

B) Para el cargo:

• Se valorará experiencia acreditada que avale conocimientos en la materia; experiencia certificada en instalaciones de distribución del agua, control y tratamiento de aguas termales (subterráneas y piscinas); conocimientos en hidráulica, presión, caudales, temperatura, presurización, pérdida de carga, golpe de ariete. Capacidad para medir parámetros y mantenerlos (ph, cloro libre, base sanitaria de la pileta, conductividad, cantidad de minerales disueltos, alcalinidad, etc.). Manejo de caldera.

C) Para la contratación:

• Certificado de Buena Conducta

• Carne de Salud Laboral vigente.

Incompatibilidades:

Previo a la suscripción del contrato, la persona seleccionada deberá completar y signar declaración jurada en relación a: A- Incompatibilidades

1) Mantener vigente otros vínculos con la Administración Pública, excepto aquellos que admitan su acumulación con otros cargos o funciones en virtud de norma jurídica expresa.

2) Percibir pasividad, retiro ni subsidio proveniente de actividad pública generada por sí mismo, excepto que se suspenda su percepción o que una norma legal habilite el cobro de ambas remuneraciones.

B- Prohibiciones

1) Haber sido desvinculado, mediante resolución firme, por la comisión de falta grave administrativa o incumplimiento de sus obligaciones, sea como funcionario público o bajo cualquier otra modalidad de vinculación (Ley Nº 18.172, art. 4 de fecha 31 de agosto de 2007, en la redacción dada por el artículo 10 de la Ley Nº 19.149 de 24 de octubre de 2013).

2) Existencia de inhabilitación como consecuencia de sentencia penal ejecutoriada.

3) Haberse acogido al régimen de retiro incentivado regulado por el artículo 10 la Ley Nº 17.556 de fecha 18 de setiembre de 2002, en la redacción dada por el artículo 1 de la Ley Nº 17.672 de 16 de julio de 2003; ni al establecido por el art. 29 de la Ley Nº 17.930 de fecha 19 de diciembre de 2005, en la redacción dada por el artículo 9 de la Ley Nº 18.172 de 31 de agosto de 2007.

En forma previa a la contratación deberá suscribir declaración jurada de no mantener proceso administrativo o judicial de tipo alguno con la Intendencia de Salto.

Medios de Postulación: mediante formulario disponible en página web (salto.gub.uy) y documentos que acrediten los requisitos excluyentes en Gestión Humana (Juan Carlos Gómez 32) en el horario de 9:15 a 16:15. El plazo es improrrogable.

Etapas del proceso:

1- Instalación del Tribunal.

2- Preselección (cumplimiento de los requisitos solicitados).

Para la preselección de candidatos se generará un orden de prelación para cuya conformación se considerará el factor formación y relación de méritos presentados.

Factores a considerar:

El Tribunal considerará los factores de evaluación que se señalan a continuación para establecer el puntaje de los candidatos. El máximo posible será 100 puntos.

Formación: hasta 20 puntos, en base a la documentación presentada; se otorgará puntaje progresivo, en función de la formación acreditada.

Relación de méritos: hasta 30 puntos en base a los siguientes parámetros: antecedentes en tareas vinculadas a la especialización requerida.

3- Prueba de Oposición.

Consistirá en una prueba teórico práctica, cuyas bases se pondrán en conocimiento de los postulantes preseleccionados a los efectos de su previa preparación.

Puntaje Máximo 30 puntos.

4- Entrevista con el Tribunal.

Se evaluará especialmente cada uno los siguientes ítems:

1) Tacto y capacidad de adaptación con el grupo de trabajo, valorándose al postulante en relación al grupo en el que actuaría; 2) Habilidad y destreza en el desempeño del cargo, teniendo en cuenta las aptitudes que inciden directamente en la forma como ejecutaría las tareas asignadas, capacidad de resolver situaciones con autonomía, y habilidades para el cargo al cual se postula;

3) responsabilidad relacionada con el servicio y con el usuario, grado de compromiso que el concursante asume con los objetivos del servicio.

Puntaje máximo 20 puntos.

5- Fallo final y aprobación por el Intendente.